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F-1 visa

para estudiantes

F-1 Visa

para estudiantes

VISA F-1

Dirigida a estudiantes

El primer paso para un futuro estudiante no inmigrante es ser aceptado para la inscripción en una escuela establecida que esté certificada por la SEVP. En general, para los estudiantes académicos que asisten a una universidad, colegio, escuela secundaria, escuela primaria privada, seminario, conservatorio u otras instituciones académicas, incluyendo un programa de formación de idiomas, un visado F es la categoría apropiada. Para los estudiantes que asisten a instituciones de formación profesional u otras instituciones no académicas reconocidas, que no sean un programa de formación lingüística, un visado M es generalmente la categoría adecuada.

Si usted va a Estados Unidos principalmente por turismo, pero quiere hacer un curso corto de estudios que sea recreativo, y el curso es de menos de 18 horas por semana, puede hacerlo con un visado de visitante (B). Si su curso de estudios es de 18 horas o más a la semana, necesitará un visado de estudiante. Si viaja a EE.UU. para asistir a seminarios, conferencias o un programa de estudio para obtener créditos académicos, necesitará un visado de estudiante.

Consulte la lista actualizada de países con los que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación en U.S. Department of State’s Treaty Countries.

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Solicitud

¿Cuándo debo solicitar el visado F-1 para estudiantes?

Se recomienda a los estudiantes que soliciten su visado con antelación para disponer de tiempo suficiente para la tramitación del mismo.

Los estudiantes pueden solicitar su visado tan pronto como estén preparados para hacerlo.

Los estudiantes deben tener en cuenta que las embajadas y consulados pueden expedir su visado de estudiante con 120 días o menos de antelación a la fecha de inscripción en el curso de estudios. Si usted solicita su visado con más de 120 días de antelación a la fecha de inicio o de inscripción que figura en el formulario I-20, la Embajada o el Consulado retendrán su solicitud hasta que puedan expedir el visado. Los funcionarios consulares utilizarán ese tiempo extra para la tramitación de la solicitud.

Se advierte a los estudiantes de la normativa del Departamento de Seguridad Nacional que exige que todos los estudiantes iniciales o principiantes entren en los EE.UU. con 30 días o menos de antelación a la fecha de inicio del curso de estudio o de registro que figura en el Formulario I-20. Por favor, considere esta fecha cuidadosamente cuando haga planes de viaje a los Estados Unidos.

Un estudiante principiante que desee entrar antes en los EE.UU. (más de 30 días antes de la fecha de inicio del curso), debe calificar y obtener un visado de visitante. En su visado de visitante aparecerá una anotación de futuro estudiante y el viajero deberá dejar clara su intención de estudiar al inspector de inmigración de EE.UU. en el puerto de entrada. Antes de comenzar cualquier estudio, deberá obtener la aprobación para el cambio de estatus de Visitante de Intercambio, presentando el Formulario I-539, Solicitud de Cambio de Estatus de No Inmigrante y pagando la tasa. También debe presentar el formulario I-20 requerido en la oficina del Departamento de Seguridad Nacional donde se realiza la solicitud. Tenga en cuenta que no se pueden iniciar los estudios hasta que se apruebe el cambio de clasificación.

Los estudiantes que continúan pueden solicitar un nuevo visado en cualquier momento, siempre y cuando hayan mantenido la condición de estudiante y sus registros SEVIS estén al día. Los estudiantes permanentes también pueden entrar en los Estados Unidos en cualquier momento antes de que comiencen sus clases.

¿Qué debe saber al respecto?

¿Qué es el SEVIS y el SEVP?

El Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) está diseñado para ayudar al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y al Departamento de Estado a controlar mejor los programas escolares y de intercambio y los visitantes de las categorías F, M y J. La información de los visitantes de intercambio y de los estudiantes se mantiene en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). SEVIS es un sistema basado en Internet que mantiene información precisa y actualizada sobre los estudiantes no inmigrantes (visado F y M), los visitantes de intercambio (visado J) y sus dependientes (F-2, M-2 y J-2). SEVIS permite a las escuelas y a los patrocinadores del programa transmitir información obligatoria y notificaciones de eventos a través de Internet, al DHS y al Departamento de Estado (DOS) durante toda la estancia de un estudiante o visitante de intercambio en los Estados Unidos.

Todos los estudiantes solicitantes deben tener un I-20 generado por SEVIS y emitido por una institución educativa aprobada por el DHS, que presentan cuando solicitan su visado de estudiante. Su escuela es responsable de introducir su información para el formulario de visado de estudiante I-20 en el SEVIS. El funcionario consular tendrá que verificar su registro I-20 electrónicamente a través del sistema SEVIS para poder procesar su solicitud de visado de estudiante. A menos que estén exentos, todos los solicitantes principales de F-1 o M-1 deben pagar una tasa SEVIS I-901 al DHS para cada programa individual.

Requisitos para obtener un visado de estudiante

La Ley de Inmigración y Nacionalidad es muy específica en cuanto a los requisitos que deben cumplir los solicitantes para optar al visado F-1 de estudiante. El funcionario consular determinará si usted reúne los requisitos para el visado. Además, los solicitantes deben demostrar que cumplen adecuadamente los requisitos del visado de estudiante, entre ellos:

  • Tener una residencia en el extranjero, sin intención inmediata de abandonar esa residencia.
  • Tener la intención de salir de los Estados Unidos al finalizar el curso de estudios.
  • Poseer fondos suficientes para realizar el curso de estudios propuesto.

Solicitar un visado de estudiante

Como parte del proceso de solicitud de visado, se requiere una entrevista en la sección consular de la embajada para los solicitantes de visado de 14 a 79 años, con pocas excepciones. Las personas de 13 años o menos, y de 80 años o más, no suelen requerir una entrevista, a menos que lo solicite la embajada o el consulado. El tiempo de espera para una cita de entrevista para los solicitantes puede variar, por lo que se recomienda encarecidamente solicitar el visado con antelación.

Durante el proceso de solicitud de visado, normalmente en la entrevista, se tomará rápidamente una huella digital sin tinta. Algunas solicitudes de visado requieren una tramitación administrativa adicional, que lleva más tiempo después de la entrevista del solicitante de visado con un funcionario consular. Además, dado que la situación personal y académica de cada estudiante es diferente, es posible que a dos estudiantes que soliciten el mismo visado se les hagan preguntas diferentes y se les exija que presenten documentos adicionales distintos.

Proceso

Documentación requerida

Cada solicitante de un visado de estudiante debe presentar estos formularios y la documentación que se explica a continuación:

  • Formulario I-20A-B, Certificado de Elegibilidad para Estatus de Estudiante No Inmigrante (visa F-1) – Para Estudiantes Académicos y de Idiomas o Formulario I-20M-N, Certificado de Elegibilidad para Estatus de Estudiante No Inmigrante (M-1) para Estudiantes de Formación Profesional. Deberá presentar un formulario generado por el SEVIS, I-20, que le proporcionó su escuela. Usted y el funcionario de su escuela deben firmar el formulario I-20.
  • Solicitud electrónica de visado de no inmigrante en línea, formulario DS-160.
  • Un pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de al menos seis meses más allá del período de estancia previsto del solicitante en los Estados Unidos (a menos que los acuerdos específicos del país establezcan exenciones). Si en el pasaporte figura más de una persona, cada persona que desee un visado deberá rellenar una solicitud.
  • Una (1) fotografía de 2×2 (según el consulado de Estados Unidos).
  • Un recibo de la tasa MRV para demostrar el pago de la tasa de solicitud de visado.
  • El recibo de la tasa SEVIS I-901.

Todos los solicitantes

Deben estar preparados para proporcionar:

  • Certificados de notas y diplomas de las instituciones a las que han asistido anteriormente
  • Resultados de las pruebas estandarizadas exigidas por la institución educativa, como el TOEFL, SAT, GRE, GMAT, etc. 
  • Pruebas financieras que demuestren que tú o tus padres que te patrocinan tienen fondos suficientes para cubrir la matrícula y los gastos de manutención durante el período de estudio previsto. Por ejemplo, si usted o su patrocinador es un empleado asalariado, por favor traiga los documentos del impuesto sobre la renta y los libros bancarios originales y/o extractos. Si usted o su patrocinador es propietario de un negocio, por favor traiga el registro del negocio, licencias, etc., y documentos de impuestos, así como libros bancarios originales y/o extractos.

Requisitos

Cónyuges e hijos

Los solicitantes con personas a su cargo también deben aportar:

Prueba de la relación del estudiante con su cónyuge y/o hijos (por ejemplo, certificados de matrimonio y de nacimiento.)

Es preferible que las familias soliciten los visados F-1 y F-2 al mismo tiempo, pero si el cónyuge y los hijos deben solicitarlos por separado más adelante, deberán traer una copia del pasaporte y del visado del titular del visado de estudiante, junto con todos los demás documentos requeridos.

  • Se establece la relación entre las organizaciones.
  • El empleo de la filial requiere habilidades ejecutivas, de supervisión o esenciales.
  • Los términos y condiciones de empleo no han cambiado de otro modo.

El USCIS debe aprobar cualquier cambio sustantivo en los términos o condiciones del estatus E-1. Un “cambio sustantivo” se define como un cambio fundamental en las características básicas del empleador, como por ejemplo, pero sin limitarse a ello, una fusión, adquisición o evento importante que afecte a la relación previamente aprobada del comerciante o empleado con la organización. El comerciante o la empresa con tratado, debe notificarlo al USCIS presentando un nuevo formulario I-129 con tasa, y puede solicitar simultáneamente una prórroga de estancia para el comerciante con tratado o el empleado afectado. La petición debe incluir pruebas que demuestren que el comerciante con tratado o el empleado afectado sigue cumpliendo los requisitos para la clasificación E-1.

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Tener el cuenta

  • Es importante que usted salga de los Estados Unidos en o antes del último día que está autorizado a estar en los Estados Unidos en cualquier viaje, basado en la fecha de finalización especificada en su Registro de Llegada-Salida, Formulario I-94. En el sitio web del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) encontrará información sobre cómo mantener con éxito su estatus migratorio mientras es estudiante o visitante de intercambio.
  • Permanecer más allá del periodo de tiempo autorizado por el DHS hace que usted esté fuera de estatus en los Estados Unidos, lo cual es una violación de las leyes de inmigración de los Estados Unidos. Esto puede hacer que no sea elegible para un visado en el futuro para volver a los Estados Unidos.
  • Permanecer ilegalmente en Estados Unidos más allá de la fecha autorizada por los funcionarios de la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP), incluso por un día, tiene como consecuencia la anulación automática de su visado, de acuerdo con la ley de inmigración, INA 222(g). En esta situación, deberá volver a solicitar un nuevo visado de no inmigrante, generalmente en su país de nacionalidad.

Un visado permite a un ciudadano extranjero procedente del extranjero, viajar al puerto de entrada de los Estados Unidos y solicitar permiso para entrar en los Estados Unidos. Los solicitantes deben ser conscientes de que un visado no garantiza la entrada en los Estados Unidos. Los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional y de la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos (CBP) tienen autoridad para permitir o denegar la admisión en los Estados Unidos.

Los estudiantes visitantes deben tener su Formulario I-20 en su poder cada vez que entren en los Estados Unidos. Si se le permite entrar en los Estados Unidos, el funcionario de la CBP determinará la duración de su visita en el Registro de Llegada-Salida (Formulario I-94). Dado que el formulario I-94 documenta su estancia autorizada en EE.UU., es muy importante que lo guarde en su pasaporte.

Los estudiantes que se encuentren dentro o fuera de los Estados Unidos y que hayan estado ausentes de las clases durante más de cinco meses, probablemente necesitarán un nuevo visado para entrar en los Estados Unidos.

Todos los solicitantes de renovaciones deben presentar:

  • Todos los elementos enumerados en la sección de Documentación Requerida.
  • Un nuevo I-20 o un I-20 que haya sido endosado en el reverso por un funcionario de la escuela en los últimos 12 meses.

¿Cuánto tiempo puedo permanecer con mi visado de estudiante F-1?

Cuando entra en Estados Unidos con un visado de estudiante, normalmente se le admite por la duración de su estatus de estudiante. Eso significa que puede quedarse mientras sea un estudiante a tiempo completo, incluso si el visado F-1 de su pasaporte expira mientras está en Estados Unidos. Para un estudiante que ha completado el curso de estudios que aparece en el I-20, y cualquier formación práctica autorizada, se le permite el siguiente tiempo adicional en los EE.UU. antes de la salida:

  • Estudiante F-1 – 60 días adicionales, para preparar la salida de EE.UU. o para trasladarse a otra escuela.
  • Estudiante M-1 – 30 días adicionales para salir de los EE.UU. (Periodo de tiempo fijo, en total no debe exceder de un año). Los 30 días para preparar la salida se permiten siempre que el estudiante haya mantenido un curso completo de estudios y haya mantenido su estatus. Un estudiante M puede recibir extensiones de hasta tres años para el programa total.

Como ejemplo en cuanto a la duración del estatus, si tienes un visado válido por cinco años que expirará el 1 de enero de 2009, y eres admitido en los EE.UU. por la duración de tus estudios (a menudo abreviado en tu pasaporte o en tu tarjeta I-94 como “D/S”), puedes permanecer en los EE.UU. mientras seas un estudiante a tiempo completo.

Aunque pase el 1 de enero de 2009 y tu visado expire mientras estás en Estados Unidos, seguirás teniendo la condición legal de estudiante. Sin embargo, si sale de los Estados Unidos con un visado caducado, tendrá que obtener uno nuevo, solicitándolo en una Embajada en el extranjero, antes de poder regresar a los Estados Unidos y reanudar sus estudios.

Dé el primer paso

No aplace sus sueños

Apoyamos su proceso de traslado a Estados Unidos con el tipo de visado adecuado con su perfil. (B1, B2, E1, E2, E3, F1, entre otras)

Dé el primer paso

No aplace sus sueños

Apoyamos su proceso de traslado a Estados Unidos con el tipo de visado adecuado con su perfil. (B1, B2, E1, E2, E3, F1, entre otras)